Ha entrado en vigor, tras su publicación en BOE, el Real Decreto-ley 14/2020, de 14 de abril,en virtud del cual, el Gobierno aprueba laextensión de los plazos de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias cuyo vencimiento
se produzca a partir del 15 de abril y hasta el 20 de mayo.
Esta
moratoria para la presentación e ingreso de las declaraciones y
autoliquidaciones tributarias correspondientes al primer trimestre (1T)
de 2020,sólo afecta a aquellas que corresponda presentar en el
ámbito estatal y cuya gestión corresponda a la Agencia Estatal de
Administración Tributaria. El ámbito de aplicación de esta ampliación de plazo, se limita exclusivamente a aquellos obligados tributarios con un volumen de operaciones a efectos del IVA no superior a 600.000 euros en el año 2019.Es oportuno recordar que, a estos efectos, se entenderá por volumen de operaciones, el importe total, excluido el IVA. Fuente: BOE |